Mazatlán, Sin.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural estableció la veda para la pesca de todas las especies de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del océano Pacífico, a partir de las 00:00 horas del 15 de marzo.
Se trata de una medida de manejo que contribuye a proteger los máximos periodos de reproducción y reclutamiento de los organismos, así como mantener los niveles de producción.
El aprovechamiento del camarón en el litoral del océano Pacífico y Golfo de California constituye una de las pesquerías comerciales de relevancia económica y social, por lo que es necesario administrar y regular el recurso para asegurar su sostenibilidad y maximizar los beneficios económicos a los sectores que dependen de esa actividad, así como en beneficio a la sociedad.
De acuerdo con el aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a partir de este domingo finaliza la temporada de pesca, de todas las especies de camarón, en el Golfo de California, Nayarit, Costa Occidental de la Península de Baja California.
Además, la medida prevé no extender del 20 de marzo la pesca en el Golfo de Tehuantepec.
El Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) detalló que la veda permitirá proteger a la población reproductora de las especies de camarón de importancia comercial en el océano Pacífico mexicano durante el periodo reproductivo 2020, asegurar el reclutamiento y la continuidad de las poblaciones y su aprovechamiento sustentable en la próxima temporada 2020-2021.
La pesquería del crustáceo está regulada por la NOM-002-SAG/PESC-2013 que establece los términos y condiciones para ordenar el aprovechamiento de las especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta norma se complementa con las vedas, las cuales adicionalmente a las regulaciones de zonas de pesca, sistemas de captura y disposiciones normativas por área geográfica, constituyen las principales medidas de manejo.
El establecimiento de periodos de veda para la pesquería de camarón contribuyen a proteger los máximos periodos de reproducción, reclutamiento y crecimiento de los organismos, induciendo al final de dicho periodo a obtener tallas de mayor valor comercial e incrementar la biomasa y la producción por efecto de la suspensión de pesca.