Los Mochis, Sinaloa.- El Registro Civil de Sinaloa debera cumplir el decreto 646 que reformó los artículos 40, párrafo primero y 165 párrafo primero, ambos del Código Familiar del Estado de Sinaloa, y realizar las adecuaciones de carácter reglamentario en un plazo de 60 días naturales.
“En ese lapso deberán realizarse las adecuaciones a los formatos de actas de matrimonio que emita el Registro Civil para los efectos de lo publicado en el Periódico Oficial, como lo establece el Artículo Segundo Transitorio, de este Decreto”Marco Antonio Irízar Cárdenas, titular del Registro Civil en Sinaloa.
Aclaró que no obstante el plazo establecido, nada impide en estos momentos en la Oficina Central del Registro Civil se celebren de manera válida los matrimonios igualitarios; Sin embargo, es de señalar, que se requiere del tiempo que sea necesario dentro plazo establecido en la reforma, con la finalidad de la actualización del Sistema de Información Registral y del Sistema de Expedición de Actas, tomando en cuenta las 144 Oficialías del Estado y la ubicación geográfica en la que se encuentran.